Nuevos límites de velocidad en vías urbanas
El pasado 11 de mayo entraron en vigor los nuevos límites de velocidad en vías urbanas. Estas normas tienen como objetivo “calmar” la movilidad a motor en las ciudades. La DGT argumenta que, de esta manera, se conseguirá mejorar la convivencia y la movilidad sostenible. Además, reducirá el ruido, la contaminación y los atascos en las ciudades.
A partir de ahora, el límite de velocidad en ciudades será de 20 kilómetros por hora en aquellas vías que dispongan de una única plataforma de calzada. Para las calles con un único carril por sentido de circulación será de 30 kilómetros por hora. Y, de 50 kilómetros por hora para el resto de las vías: con dos o más carriles por dirección.
La medida afecta aproximadamente al 70 % de las calles españolas y los límites son obligatorios. Si no se respetan conllevan una sanción que puede oscilar entre 100 y 600 euros. Además, las infracciones graves o muy graves conllevarán la perdida de hasta 6 puntos del carnet de conducir.
Las principales ciudades españolas ya habían implantado el modelo Ciudad 30 en sus ordenanzas municipales. Gracias a estas medidas se ha conseguido reducir los accidentes de tráfico, las multas por saltarse un semáforo en rojo, el número de vehículos que entran en las ciudades, así como la contaminación y el ruido.
Límites de velocidad aplicables a todos
Esta nueva normativa es un pasó más para lograr un modelo de movilidad sostenible. De esta manera, les da prioridad a los medios de transporte menos agresivos con el medio ambiente. Se trata de los peatones y ciclistas. Pero no por ello quedan exentos de respetar la nueva normativa. Los nuevos límites de velocidad en vías urbanas se aplican a cualquier vehículo que circule por la calzada. Ya sea el vehículo una bicicleta convencional, una ebike, un patinete, un coche o una moto.