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Ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la CAM

Por Littium
20 de mayo de 2021

La Comunidad de Madrid ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas para la compra de ebikes. La primera convocatoria de estas ayudas fue anunciada en octubre de 2020. Y debido al éxito generado, la Comunidad de Madrid ha aprobado una segunda convocatoria destinada no solo a personas físicas, sino también a autónomos y pymes.

Los madrileños podrán acceder a una subvención del 50% para la compra de bicicletas eléctricas de uso urbano e interurbano, con un máximo de 600 euros. Además, la ayuda cuenta con carácter retroactivo, por lo que incluirá las bicicletas compradas desde el 16 de noviembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Qué requisitos debo cumplir para recibir la ayuda?

Podrán disfrutar de esta convocatoria tanto las personas físicas como los autónomos y pymes. A continuación, detallamos los requisitos con los que deberán cumplir cada uno de ellos para poder acceder a las ayudas.

REQUISITOS PARA LAS PERSONAS FÍSICAS:

  • Ser mayor de edad.
  • Residir en un municipio de la Comunidad de Madrid.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
  • No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad.
  • Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Solo podrán solicitar ayuda para la adquisición de un vehículo (bicicleta, patinetes, ciclomotor o motocicleta) a lo largo de todo el programa (además de una ayuda para la obtención de un bono ambiental cero emisiones).

Requisitos para los autónomos:

  • Estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
  • No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad.
  • Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Podrán solicitar hasta 5 ayudas para la adquisición de vehículo (bicicleta, ciclomotor o motocicleta) a lo largo de todo el programa.

Requisitos para pymes (microempresas):

  • Pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen sus actividades y estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • Tener la condición de microempresa: ocupar a menos de 10 personas y tener un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supere los 2 millones euros.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
  • No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad.
  • El total de ayudas de minimis que reciba el beneficiario no podrá superar los 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
  • Cumplir los requisitos especificados en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué requisitos debe cumplir la bicicleta?

 

  1. Bicicleta de pedales con pedaleo asistido, equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.
  2. Batería con capacidad igual o superior a 248 wh (vatios/hora).
  3. Sistema de luces completo.
  4. Precio de factura inferior a 4.000 euros (IVA incluido).

Los requisitos técnicos se acreditan mediante la declaración responsable presentada en el modelo de solicitud (a excepción del precio que se acredita con la presentación de la factura).

¿Qué documentación debo aportar junto a la solicitud para la ayuda?

 

  1. Copia de DNI, NIF o NIE de la persona solicitante de la ayuda.
  2. Certificado de empadronamiento de la persona solicitante de la ayuda en uno de los municipios de la Comunidad de Madrid a fecha de la adquisición.
  3. Copia de la factura completa. En la factura deberá constar la fecha de compra, la marca, el modelo y el número de serie o de bastidor del vehículo adquirido, así como el precio con el importe del IVA desglosado.
  4. Las certificaciones acreditativas de que la persona solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  5. Declaración responsable de la bicicleta adquirida donde se justifique el cumplimiento de los requisitos técnicos.

En el caso que el solicitante sea pequeña o mediana empresa (PYME), deberán aportar declaración responsable de todas las ayudas sujetas a reglamentos de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el año en curso y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el caso de que la persona solicitante sea un autónomo o una pyme.

Plazos y formas de solicitud. ¿Cómo y cuándo se puede solicitar la ayuda?

Las solicitudes se podrán presentar desde el 20 de mayo de 2021 en el plazo máximo de tres meses desde la fecha en que se produzca la compra de la bicicleta. En el caso de los vehículos adquiridos entre el 16 de noviembre de 2020 y el 20 de mayo de 2021, las solicitudes se pueden presentar hasta el 20 de agosto de 2020.

Existen dos formas para poder solicitar la ayuda:

a) Presentación por Internet 

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Cuando tengas preparada toda la documentación, pulsa “tramitar”, accede al registro electrónico y sigue las indicaciones.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de «consulta de expedientes», desde donde podrás aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a la solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

En el caso de las personas físicas, la solicitud se podrá presentar de forma presencial en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

> Descarga el formulario pinchando en este enlace

Para más información, puedes consultar las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la Movilidad Cero Emisiones de la Comunidad de Madrid.

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